Columna de Daniel Oksenberg. Caso fortuito laboral prácticamente derogado.
Conforme al artículo 45 del Código Civil, “se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto a que no es posible resistir como .. los actos de autoridad ejercidos por funcionarios públicos, etc.” Una vez producido este, quien acredita haberlo padecido, es exonerado de responsabilidad en cuanto al cumplimiento de la(s) obligación(es) que, producto de …
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